Arrestado por conducir un coche robado

Arrestado por conducir un coche robado

Llega una consulta al programa de radio de Alexander Cross. Se trata de un caso de arresto por conducir un coche robado.

Este muchacho fue arrestado conduciendo lo que él creía era el carro de su amigo.


La policía lo arresta bajo el cargo de estar en posesión de un objeto robado. El doctor Cross nos explica que si una persona está en posesión de un objeto robado está violando el Código Penal 4 96, lo que supone una pena potencial máxima de 3 años de cárcel; esto no significa que le vayan a sentenciar con el máximo, sólo que es la pena máxima que le pueden imponer. Otro delito que podría estar cometiendo sería una violación del Código Vehicular 1 8 051, de manejar un vehículo sin permiso del propietario, y esto tiene una pena máxima de 1 año de cárcel.

Qué hacer cuando un amigo o alguien de su familia ha sido arrestado?

Puede llamar a la Corte o a la Cárcel para preguntar cuándo es la fecha de Corte. Le pueden dar un abogado público o buscarse un abogado privado; tenga siempre en cuenta que un abogado privado podrá dedicar más tiempo a su caso y ayudarle de forma más dedicada que uno público que tiene muchos casos al mismo tiempo.

De cualquier manera se tiene que ordenar toda la evidencia, los reportes, videos, dvds, etc.

El juez tiene que dar tiempo suficiente al abogado para poder determinar si esas evidencias tienen credibilidad o no. Algo muy importante, que el abogado Cross, siempre dice y que es uno de los mayores errores que se cometen en estas situaciones, es que el acusado guarde silencio. La quinta enmienda le permite guardar silencio con el objeto de no autoinculparse. La recomendación de los expertos es guardar silencio y esperar a que llegue su abogado. Una vez con la evidencia mostrada se decide si se va a un juicio por jurado o no.

“no me opongo”

Antes de ir a juicio hay algo básico que tienen que hacer y es poner en una balanza el riesgo de ser considerado culpable en un juicio con jurado o negociar otras alternativas con la fiscalía. No se trata de descubrir la verdad, y por tanto, es muy importante que tomen en consideración la posibilidad de que aún siendo inocente el jurado le puede encontrar culpable con la pena que le imponga, teniendo presente, que si va a la corte con un caso de hurto mayor, la pena potencial máxima es de 3 años. A veces, es importante considerar el mal menor, es decir, aceptar un “no me opongo” bajo un cargo menor que suponga una pena también menor.

EN FACEBOOK-LIVE Y EN LA RADIO 1010AM DICIEMBRE 13

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